Carro de Herramientas Vacío · 2 Bandejas · Gris
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Descripción · Carro de Herramientas Vacío
El carro herramientas vacio ideal para tu taller. Con 2 bandejas tipo cubeta, este carro de servicio de plástico estructural soporta hasta 110 kg por bandeja (220 kg en total), moviendo material pesado sin esfuerzo. Sus 4 ruedas giratorias, dos de ellas con freno, facilitan su desplazamiento y posicionamiento seguro. El asa ergonómica incluye un organizador y portavasos, optimizando tu espacio de trabajo. Sus medidas de 84x103x44 cm permiten pasar por puertas estándar, y su acabado gris resiste golpes, humedad y productos químicos.
Mueve material sin esfuerzo: el carro de servicio de 2 bandejas aguanta hasta 110 kg por bandeja (220 kg en total, distribuidos) y rueda suave con sus 4 ruedas giratorias, dos de ellas con freno.
- 2 bandejas tipo cubeta de plástico estructural con borde alto: nada se cae ni gotea fuera.
- Asa ergonómica con organizador: compartimentos para piezas pequeñas y portavasos integrado.
- 84 cm de alto × 103 de ancho × 44 de fondo: pasa por puertas estándar.
- No se oxida: el plástico estructural tolera golpes, humedad y productos químicos habituales.
- Montaje sencillo con instrucciones incluidas.
Preguntas frecuentes · Carro de Herramientas Vacío
¿Puedo usar este carro herramientas vacio para almacenar herramientas pesadas?
¿Qué altura máxima tienen las bandejas respecto al suelo?
¿Cuántos estantes o niveles tiene el carro y cuál es la carga máxima por cada uno?
¿El carro herramientas vacío requiere montaje? ¿Es complicado?
¿Este carro de servicio admite accesorios adicionales como protecciones o bandejas de madera?
¿En qué se diferencia este carro de servicio de 2 bandejas de uno con más o menos niveles?
¿Puedo anclar este carro al suelo o a la pared?
Normativa aplicable en España · Carro de Herramientas Vacío · 2 Bandejas · Gris
Uso doméstico (garaje, trastero)
En España, una estantería para el garaje, el trastero o la despensa de una vivienda no está sujeta a la normativa laboral de prevención de riesgos: la Ley 31/1995 y el RD 1215/1997 se aplican donde hay una relación laboral, no al uso privado de tu vivienda. Sí se aplica la seguridad general de los productos: el Reglamento (UE) 2023/988, aplicable desde el 13 de diciembre de 2024, exige un producto seguro, también en sus instrucciones de montaje e instalación, acompañado de instrucciones e información de seguridad claras. Lo completan, en lo que no se opongan al Reglamento, el RD 1801/2003 y el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: tres años de responsabilidad por falta de conformidad desde la entrega, catorce días naturales de desistimiento en la compra a distancia e información obligatoria al menos en castellano.
Recomendación: fija la estantería a la pared con los anclajes previstos para evitar el vuelco, respeta la carga máxima indicada por balda y coloca lo más pesado abajo.
Uso profesional con carga y descarga manual
En España, una estantería instalada en un taller, una tienda o un almacén con trabajadores es un equipo de trabajo: así lo define el Real Decreto 1215/1997, que transpone la Directiva 2009/104/CE, en su art. 2, y la Ley 31/1995 obliga al empresario a evaluar su riesgo. El RD 1215/1997 exige estabilizarlo por fijación cuando la seguridad lo requiera (anexo I) y utilizarlo de forma que no pueda volcar ni sufrir sobrecargas (anexo II), mantenerlo según las instrucciones del fabricante y, una comprobación inicial tras el montaje si su seguridad depende de la instalación y comprobaciones periódicas si está sometida a influencias que la deterioren, por personal competente y documentadas (art. 4). La NTP 852 del INSST recomienda señalizar la carga máxima admisible en placas de características y respetarla. El Real Decreto 486/1997 añade orden, limpieza y vías de circulación libres de obstáculos (art. 5 y anexo II).
La norma técnica europea de uso y mantenimiento es la EN 15635, citada por la NTP 852 del INSST: buenas prácticas, no obligación legal.
Información orientativa basada en la normativa vigente; no sustituye al texto legal ni al asesoramiento profesional. · Última revisión: 2026-09-08